Hoy desde 00:00 horas entró en vigencia la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas y dispone sancionar con una multa no menor a los S/. 1,650 a quienes la incumplan, recordó el Jurado Nacional de Elecciones. Esto como parte de las diversas restricciones que regirán antes, durante y después de los comicios regionales y municipales del próximo 3 de octubre.
Guillermo Román, abogado de la Dirección Nacional de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), recordó que así lo establece la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26856), en su artículo 390, que rige para los comicios del 3 de octubre.
Según dicho artículo, la multa a aplicarse equivale al 10% del ingreso mínimo vital vigente (S/. 550.00) multiplicado por 30 días de multa, y recaerá sobre quienes hagan funcionar establecimientos destinados al expendio de bebidas alcohólicas durante el citado periodo.
La denominada Ley Seca deberá cumplirse hasta el mediodía del lunes 4, por lo que aquellos establecimientos que expendan bebidas alcohólicas durante ese período serán sancionados con una multa no menor a 1.650 nuevos soles.